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Empresa principal

Empresa que contrata o subcontrata con otras la realización de obras o servicios correspondientes a su propia actividad y que se desarrollan en su propio centro de trabajo. Tiene un deber reforzado de vigilancia del cumplimiento de la normativa de PRL por parte de contratas y subcontratas.

Revisado el

Contenido informativo de carácter general; no constituye asesoramiento jurídico. Las definiciones se basan en la normativa española de prevención de riesgos laborales vigente (Ley 31/1995, RD 171/2004 y RD 1627/1997, entre otras).