Empresa principal
Empresa que contrata o subcontrata con otras la realización de obras o servicios correspondientes a su propia actividad y que se desarrollan en su propio centro de trabajo. Tiene un deber reforzado de vigilancia del cumplimiento de la normativa de PRL por parte de contratas y subcontratas.
Revisado el
Contenido informativo de carácter general; no constituye asesoramiento jurídico. Las definiciones se basan en la normativa española de prevención de riesgos laborales vigente (Ley 31/1995, RD 171/2004 y RD 1627/1997, entre otras).